En opinión de expertos, en no demasiado tiempo se llevará a los tribunales reclamaciones de responsabilidad penal del franquiciador.
Como es sabido, existe el riesgo para el franquiciador de incurrir en responsabilidad penal por actos cometidos por el franquiciado. Por esta razón y ya que no es obligatorio disponer de un plan de prevención de delitos, el franquiciador debe ser exigente para su franquiciado en cuanto a la labor de supervisión para poder demostrar la diligencia debida.
Por todo lo anterior se aconsejar que los franquiciadores que exijan a los franquiciados un programa de cumplimiento en la medida en que puedan ser responsables por sus actos.
FUENTE: CINCO DÍAS
